Utilizando el método histórico de interpretación, tradicionalmente los adventistas han considerado que los días proféticos representan años. Con la intención de introducir un doble cumplimiento apocalíptico, cualquier intento de armonizar la concepción futurista con la historicista, echa por tierra nuestro sistema de interpretación profética. Al no contar con el aval ni del contexto, tampoco del resto del libro de Daniel, la mencionada pretensión no tiene asidero. Lo fundamentaré:
1. Estructura de la visión. La visión que figura en el capítulo 10 comprende hasta el versículo 4 del capítulo 12, el cual finaliza con la conclusión registrada en los versículos 5 al 13 del último capítulo de Daniel. La introducción registra una conversación sostenida por Daniel con dos criaturas celestiales. La conclusión de la visión describe la misma conversación sostenida por el profeta con los citados personajes. Se trata de una unidad literaria de estructura simple.
2. Períodos que abarcan. El factor tiempo de las profecías de Daniel se encuentra al final de las visiones. En el capítulo 7 la visión se describe desde el versículo 1 al 14; el aspecto del tiempo se registra en el versículo 25. En la visión de Daniel 8:1 al 12 el asunto del tiempo está presentado en el versículo 14. Esto indica que el tema tiempo del capítulo 12:5 al 13 está directamente relacionado con la visión del capítulo 11.
3. Daniel 7 y los 1.260 días. Las tres veces y media, período profético/1.260 días, se introducepor primera vez en Daniel 7:25 en un contexto claramente simbólico. Por esto no existe razón alguna para interpretar en forma literal el mismo período que aparece en el versículo 7 del capítulo 12. Este planteamiento invalida el principio día por año. Su aplicación es una inconsistencia. Además, Daniel 12:7, período durante el cual los enemigos de Dios persiguen al «pueblo santo» constituye un paralelo perfecto del capítulo 7.
4. Relación lingüística entre los capítulos 11 y 12. La frase «¿Cuándo será el fin de estas maravillas?» (12:6) se refiere a Daniel 11:36, texto en el cual se encuentra la misma raíz hebrea —pala— que se utiliza para describir las palabras que los enemigos pronunciaron contra Dios (véase 8:24). Ambos textos indican que el poder del mal tendrá éxito sólo durante un determinado período. El capítulo 11 es el que se ocupa de ese tiempo específico durante el cual este fenómeno se realiza y, al mismo tiempo, señala que tendrá su fin después que los enemigos acaben con «la dispersión del poder del pueblo santo» (12:7). Estos hechos se describen en Daniel 7:25 y 8:24, textos que utilizan la misma terminología designada para los siervos de Dios. Otras conexiones incluyen referencias a los «impíos» (Dan. 11:32; 12:10), y los verbos «comprender» (11:33; 12:10), «limpiar» «emblanquecer» y «purificar» (11:35; 12:10).
La palabra «continuo» en Daniel 11:31 y 12:11 se utiliza junto con el verbo «quitar/abolir». Ambos usan la frase «la abominación desoladora» en conjunción con el verbo «establecer». Por esto es que no hay posibilidad alguna para que estos dos textos estén considerando situaciones diferentes. Al utilizar la misma terminología el escritor afirma que está haciendo referencia al mismo tema. Por lo tanto, los períodos mencionados en Daniel 12:11, 12 —1.290 días y 1.335 días—, deben aplicarse a los hechos descritos en Daniel 11:31. Daniel 12:7 describe el período de persecución que se menciona en el capítulo 11:32 al 35.
Definir el cumplimiento histórico de los 1.290 días y de los 1.335 no ofrece dificultad. Primero, los 1.290 días están asociados con la obra realizada por los enemigos de Dios mencionados en todas partes. Daniel 7 puntualiza que el control ejercido por un poder religioso/político contra el pueblo de Dios llegaría a su fin en 1798, fecha que señala el fin de los 1.290 años. Su punto de partida es el 508 d.C. cuando los francos vencieron a los arrianos visigodos. Segundo, los 1.335 días constituyen una extensión de los 1.290 días, lo que indicaría que comenzaron al mismo tiempo. Esto significa que los 1.335 años finalizaron en 1843/1844.